Registro de Grupos de Interés
Última actualización: 30/03/2017
El Registro de Grupos de interés de Cataluña es el censo centralizado de personas físicas o jurídicas privadas y organizaciones sin personalidad jurídica que realizan actividades, directos o indirectos, de participación activa en la elaboración y aplicación de las políticas publicas del Ayuntamiento con el fin de influir en la orientación de estas políticas, en defensa de un interés propio, de terceros o general.
En fecha 16 de febrero de 2017 se publicó en el DOGC el Decreto ley 1/2017, de 14 de febrero, por el que se crea y regula el Registro de grupos de interés de Cataluña. En la aprobación de este Decreto Ley se crea un Registro único válido para todas las instituciones, ayuntamientos y otros organismos públicos de Cataluña obligados a tenerlo de acuerdo con la Ley de transparencia.
El objetivo del censo es incrementar la seguridad jurídica en el ámbito de las relaciones entre la administración y los grupos de interés, y prevenir posibles conflictos de intereses y la corrupción a todos los efectos. Se enmarca dentro de las prescripciones establecidas en la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, para la consolidación de una nueva administración asentada sobre la transparencia, el acceso a la información y la actuación ética, objetiva, neutral y imparcial de sus dirigentes y trabajadores, y la participación ciudadana durante el diseño y el desarrollo de las políticas públicas.
La existencia de un Registro único centralizado refuerza la transparencia, porque permite que todos los ciudadanos puedan hacer el seguimiento de la actividad de los grupos de interés ante las diversas administraciones desde una única herramienta, lo que supone un gran ahorro de recursos públicos, porque libera las administraciones del gasto necesario para crear y mantener un registro propio, y reduce las cargas a los ciudadanos, las entidades y las empresas en establecer el principio de inscripción única.
Desde la entrada en vigor de dicho Decreto Ley, el Ayuntamiento de Cornellà de Llobregat, ya opera con el Registro, de tal manera que ya es posible consultar la información general y básica de sus grupos de interés, siempre y cuando se hayan inscrito siguiendo las indicaciones del Departamento de Justicia de la Generalidad de Cataluña, el cual es responsable de su gestión.
Ámbitos a registrar
Las personas físicas y las organizaciones que desarrollan actividades dirigidas a influir directa o indirectamente en los procesos de decisión, con independencia del canal utilizado, incluidas todas las comunicaciones con los cargos públicos, autoridades y empleados públicos se consideran mecanismos de influencia así como la participación voluntaria y las contribuciones en las consultas sobre propuestas normativas, actos jurídicos y otros.
Quedan excluidas, sin embargo, las personas físicas y las organizaciones cuando desarrollan actividades relacionadas con la prestación de asesoramiento jurídico o profesional en defensa de los intereses de uno o varios afectado por procedimientos administrativos, las actividades destinadas a informar a un cliente sobre una situación jurídica general , las actividades de conciliación o mediación, o las actividades de asesoramiento sobre el ejercicio de derechos.
Inscripción
Para realizar la inscripción en el Registro de Grupos de Interés de Cataluña, hay que acceder al espacio web del Departamento de Justicia y formalizar la solicitud en línea. Desde el mismo espacio, es posible actualizar los datos, cancelarlos o presentar una alerta o denuncia sobre un grupo de interés registrado.
La inscripción deberá ser formalizada por parte del representante del grupo de interés y deberá ir acompañada de una declaración responsable en que el grupo acepta las obligaciones que conlleva la inscripción así como informa de las actividades que lleva a cabo, de su ámbito de interés y de su financiación.
Consulta
Es posible consultar la información general y básica de cualquiera de los grupos inscritos (nombre de la persona u organización, dirección de la sede social, finalidad y objetivos, etc.) así como información específica relacionada con sus espacios de influencia (propuestas normativas y políticas objetivo, objeto de las comunicaciones, etc.) y por último, información de carácter financiero.
Preguntas más frecuentes
- ¿Qué son los grupos de interés?
- ¿Qué finalidad tiene el Registro de grupos de interés?
- ¿Qué ventajas tiene?
- ¿Quién se debe inscribir en el Registro?
- ¿Criterios y procedimiento de inscripción en el Registro
- ¿Constitución y acreditación de los grupos de interés
- ¿Categorias de los grupos de interés
- ¿Qué efectos tiene la inscripción en el Registro?
- ¿Qué obligaciones comporta la inscripción en el Registro?
- ¿Gestión yi acceso al Registro de grupos de interés
- ¿Actividades, control y seguimiento
- ¿Acceso a la información del Registro
- ¿El código de conducta común
- ¿Control y fiscalización de los grupos de interés
- ¿Qué son las actuaciones de verificación?
- ¿Qué son las alertas?
- ¿Qué són las denuncias?