Convenios Urbanísticos

Los convenios urbanísticos son una manifestación del principio de libertad de pactos que se manifiesta mediante el establecimiento de unos acuerdos de voluntades que dan lugar a un negocio jurídico bilateral entre Administraciones y particulares o entidades privadas, o entre diferentes Administraciones, que tienen por objeto principal facilitar la actuación urbanística, en materia de planeamiento, gestión, ejecución y/o disciplina, y que tienen que estar inspirados en todo momento por el interés público, el cual tiene que quedar perfectamente acreditado, siendo la competencia última para su aprobación, en la mayor parte de supuestos, de las Administraciones supramunicipales.

Convenio urbanístico de 9 de julio de 2013, entre la empresa Focio, s.l. y el Ayuntamiento de Cornellà de Llobregat, por el cual ambas partes se comprometen a impulsar la modificación del PGMB y del PAUM en el ámbito delimitado por Av. Maresme, c/Silici, Ctra. del Mig y Ronda de Dalts, para usos comerciales, y en conformidad con la sentencia 14/2013 de 11 de enero de la sección tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC.